Radicación Temporaria para Venezolanos
Bajo las disposiciones de la Ley N° 978/96 de Migraciones y de la Resolución DGM N° 062 de fecha 01/02/19 |
La autorización de residencia temporaria otorgada a los ciudadanos de nacionalidad venezolana, conforme a la Ley N° 978/96 de Migraciones y a la Resolución N° 062 de fecha 01/02/19, es concedida en concordancia con el mandato de la Presidencia de la República del Paraguay a través del Ministerio del Interior, en atención a la situación de vulnerabilidad por la que atraviesan actualmente los ciudadanos oriundos de Venezuela, estableciendo una serie de requisitos simplificados para que los migrantes venezolanos puedan acceder a una radicación temporal en Paraguay.
El plazo máximo de duración en esta categoría de residencia es de 1 (un) año, pudiendo ser renovable por periodos iguales al autorizado, según la profesión, actividad y/o motivo de la radicación.
Requisitos/Observaciones | ¿Qué debe presentar? | |||
Original | Fotocopia Simple | Fotocopia Autenticada | ||
Requisitos Generales | ||||
1. | Pasaporte con el sello de entrada al país (En caso de que el pasaporte se encuentre vencido, el/la solicitante deberá presentar también la cédula de identidad vigente) * El comprobante y/o sello de ingreso al país se expide en los puestos de control migratorio fronterizos y aeroportuarios, al registrar su entrada al Paraguay. |
Sí | - | 1 (una) |
2. | Certificado de Nacimiento o prueba supletoria producida conforme a la legislación nacional, en la cual consten de forma clara la fecha y lugar de nacimiento, nombres y apellidos de los padres. | Sí | - | 1 (una) |
3. | Constancia de Estado Civil (certificado de matrimonio, sentencia de divorcio o certificado de defunción) o prueba supletoria producida conforme a la legislación nacional, en la cual conste su estado civil. * Este requisito rige solo para solicitantes casados/as, divorciados/as o viudos/as. |
Sí | - | 1 (una) |
4. | Certificado de Antecedentes Penales del país de origen, vigente o vencido. * Se aceptará los certificados de antecedentes penales vencidos, que cuenten con una antiguedad de hasta dos años desde la fecha de expedición) |
Sí | - | 1 (una) |
5. | Informe de Movimiento Migratorio (en caso de que el certificado de antecedentes penales del país de origen se encuentre vencido) | Sí | - | 1 (una) |
6. | Libreta de vacunación contra el sarampión, fiebre amarilla y malaria, expedida en su país de origen o por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social del Paraguay. | Sí | - | 1 (una) |
7. | Certificado de Vida y Residencia vigente, expedido por una Comisaría Jurisdiccional en Paraguay. | Sí | - | 1 (una) |
8. | Certificado de Antecedentes para Extranjeros vigente, expedido por el Departamento de Informática de la Policía Nacional del Paraguay. | Sí | - | 1 (una) |
9. | Declaración Jurada de Cumplimiento del Art. 23 de la Ley 978/96 de Migraciones, expedida ante Escribanía Pública en Paraguay, que manifieste expresamente; respetar y cumplir los mandatos de la Constitución Nacional, las Leyes, Decretos y demás disposiciones legales que rijan en el territorio de la República del Paraguay (Ver modelo) | Sí | - | - |
10. | Declaración Jurada, expedida ante Escribanía Pública en Paraguay, de que el/la ciudadano/a venezolano/a se dedicará a ejercer una profesión u oficio para acreditar medio de vida lícito. | Sí | - | - |
Requisitos adicionales para solicitantes menores de 18 años de edad | ||||
11. | Documento de Identidad de los padres o tutores legales. | Sí | - | 1 (una) |
12. | En caso de ausencia de uno o ambos padres, adjuntar; Poder especial, emitido por una Escribanía Pública en el país de origen del documento, con el cual se autoriza el viaje del menor y la tramitación de sus documentaciones ante la Dirección General de Migraciones con el acompañamiento del padre o tutor designado para el efecto. * El poder especial debe estar firmado por el o los padres ausentes. * El tutor debe estar radicado en el país o ser de nacionalidad paraguaya. |
Sí | - | 1 (una) |
¿Cómo se realiza el trámite? | Arancel | |||
El trámite es personal y presencial. El seguimiento del proceso puede realizarse de manera personal o a través de un representante legal. | Carnet de Admisión Temporaria + Cambio de Categoría: Gs. 1.449.909 En caso de vencimiento del plazo de permanencia como turista o no residente, el solicitante deberá abonar la multa correspondiente: Gs. 264.153 |
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Observaciones | ||||
La concesión de la Radicación dependerá de que los requisitos presentados sean aprobados en todas las etapas de verificación. | ||||
IMPORTANTE | ||||
1) | Solo mediante este tipo de radicación temporaria se exceptúa a los ciudadanos venezolanos de la presentación de la Apostilla en los documentos del país de origen (certificado de nacimiento, antecedentes, estado civil, permiso del menor) | |||
2) | En los casos de menores de dieciocho (18) años de edad que no cuenten con cédula de identidad o pasaporte, será suficiente con la presentación del original del certificado de nacimiento, acompañado de la contraseña de solicitud de pasaporte o cédula de identidad en trámite. | |||
3) | Los solicitantes menores de 18 años de edad deberán estar acompañados por ambos padres o tutores para la firma de la Solicitud de Radicación. | |||
4) | La Dirección General de Migraciones podrá requerir cualquier otro documento adicional que considere necesario, dependiendo de cada caso en particular. | |||
5) | La admisión de los documentos en Mesa de Entrada de la Institución no presupone el otorgamiento de la radicación solicitada. | |||