En la ciudad de Buenos Aires, Argentina, del 15 al 18 de noviembre se realizó el encuentro del “Grupo de Trabajo para la elaboración de propuestas de acuerdos para la adopción de sistemas de intercambio de datos y de inteligencia artificial en el control fronterizo / Triple Frontera”, organizado en el marco del programa EUROFRONT.
El evento contó con la participación de autoridades gubernamentales y expertos nacionales de Argentina, Brasil y Paraguay, conjuntamente con referentes de la Unión Europea.
Durante el encuentro, se trató varios temas referentes a la gestión y protección de datos en el ámbito del control migratorio ejercido en las fronteras de cada país, resaltando la necesidad de armonizar las normativas vigentes en la materia para posibilitar un intercambio de información a través de sistemas que contemplen un tratamiento adecuado de los datos personales recolectados y compartidos entre los Estados.
Además, se realizó la presentación del estudio de análisis preliminar del marco normativo en cuanto a privacidad en los tres países de la Triple Frontera (Argentina, Brasil y Paraguay), por parte de los expertos nacionales de EUROFRONT. El experto nacional por Paraguay, Miguel Ángel Gaspar, mencionó que, aunque existe la necesidad de una ley de protección de datos personales en nuestro país (actualmente en estudio), también hubo un avance normativo mediante la promulgación de la Ley N° 6984/2022 de Migraciones, que establece un nuevo orden jurídico apuntando a la modernización de la gestión migratoria nacional, atendiendo las recomendaciones emitidas por los organismos internacionales competentes en la materia para el cumplimiento efectivo de las políticas públicas en el ámbito de las migraciones.
Resaltó, además, la inclusión de un artículo que dispone, expresamente, la confidencialidad de la información migratoria:
“En resguardo de la inviolabilidad de la intimidad personal y familiar y el respeto de la vida privada de las personas, consagrados constitucionalmente, la Dirección Nacional de Migraciones preservará la confidencialidad de la información relativa a las personas migrantes registrada en sus documentos y bases de datos. La misma solamente podrá ser revelada por orden judicial para casos específicamente previstos en la Ley, y siempre que fuesen indispensables para el esclarecimiento de los asuntos de competencia de las correspondientes autoridades.” (Artículo 86, Ley 6984/2022)
Por parte de la Dirección Nacional de Migraciones participó el Director General de Movimiento Migratorio, Favio Espinoza, en compañía del jefe del Comando Tripartito del Paraguay, Fabio Santacruz y del representante del Ministerio de Relaciones Exteriores, Juan José Mancuello.