La Dirección Nacional de Migraciones realizó un total de 963 procedimientos de seguridad en frontera en el primer semestre de 2024.
Procedimientos efectuados del 01/01/24 hasta el 30/06/24:
- Impedimentos de salida (510)
- Inadmisiones (292)
- Expulsiones (96)
- Procedimientos de entrega (58)
- Extradiciones (7)
Motivos de impedimentos de salida aplicados:
- Por no contar con la documentación de viaje requerida (166)
- Por carencia de Permiso del Menor (168)
- Por poseer prohibición judicial de salida (159)
- Por orden de captura (16)
- Por detección durante procedimiento de control de la SENAD (1)
Inadmisionesde ingreso al país de extranjerosde:
- Argentina (80)
- Brasil (67)
- Bangladesh (28)
- Rep. Popular China (25)
- Colombia (12)
- Bolivia (11)
- Cuba (8)
- Uzbekistán (8)
- India (6)
- Estados Unidos (5)
- Perú (5)
- Venezuela (5)
- Ecuador (3)
- Haití (3)
- Nepal (3)
- Argelia (2)
- Chile (2)
- España (2)
- Turquía (2)
- Bahamas (1)
- Bielorrusia (1)
- Botsuana (1)
- Francia (1)
- Filipinas (1)
- Guinea-Bissau (1)
- Italia (1)
- Líbano (1)
- Marruecos (1)
- México (1)
- Mongolia (1)
- Panamá (1)
- Rep. Dominicana (1)
- Serbia (1)
- Togo (1)
Detalle de las expulsiones efectuadas:
- Expulsiones administrativas (60)
- Expulsiones judiciales (36)
Los ciudadanos expulsados son oriundos de:
- Brasil (64)
- Argentina (16)
- Colombia (6)
- Chile (3)
- Perú (2)
- Angola (1)
- Afganistán (1)
- Ecuador (1)
- España (1)
- Francia (1)
Los Procedimientos de entrega realizados en coordinación con los organismos de seguridad intervinientes:
- Paraguay (50)
- Argentina (2)
- Brasil (2)
- España (1)
- Ecuador(1)
- Perú (1)
- Suiza (1)
Las extradiciones registradas corresponden a:
- Paraguayos extraditados desde Argentina (2)
- Paraguayos extraditados a la Argentina (2)
- Paraguayo extraditado al Brasil (1)
- Argentino extraditado desde Argentina a nuestro país (1)
- Brasileño extraditado desde Paraguay al Brasil (1)
Todos los procedimientos fueron efectuados en los puestos de control fronterizos y aeroportuarios habilitados, en conformidad con lo establecido en la Ley N° 6984/22 de Migraciones.