Reseña Histórica
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En 1811 el Paraguay se independiza de España y, desde los albores de la Patria independiente, varios contingentes foráneos ya tenían al territorio nacional como lugar de Emigración y es así que, en gran medida, ayudaron a forjar la nueva República. Posteriormente, se abre la primera reforma agraria integral, liderada por el presidente Dr. José Gaspar Rodríguez de Francia; un período en el que el Estado paraguayo recupera su poder sobre la tierra y la distribuye a los campesinos e indígenas y les provee herramientas.
Esta experiencia del pueblo paraguayo dura hasta el año 1865, que es cuando empieza la necesidad de expansión del capitalismo a nivel internacional y, ante la resistencia que encuentra éste en el Paraguay, se produce la guerra de la Triple Alianza, liderada por el imperialismo inglés y utilizando como beligerantes aliados a Brasil, Argentina y Uruguay. Se inicia así un genocidio en el que prácticamente es aniquilada casi la totalidad de la población paraguaya.
Culminada la llamada “Guerra Grande”, desde el año 1870, se empezó a vender las tierras públicas del Paraguay. Estas tierras eran del Estado y se las puso en oferta con dos argumentos: para reconstruir la nación y para pagar el costo de la guerra.
Como primera medida, se promulgó una ley para entregar tierras de no menos de una legua cuadrada. Si alguien quería comprar tierra en Paraguay, debía comprar una cantidad mayor a una legua cuadrada, que significaba más de 1.900 has. y ninguno de los pocos campesinos y pequeños productores, tenía la posibilidad de adquirir dicha cantidad. Evidentemente, ésta era una medida que posibilitaba la entrega de tierras públicas a grandes empresas extranjeras.
Además, al estallar el Primer Conflicto Bélico Mundial, en los años 1910-1915, un gran contingente de europeos llegaba a América y, especialmente, al Paraguay. Todos estos acontecimientos contribuyeron a la llegada de un gran número de inmigrantes extranjeros, hecho que ameritaba contar con un registro de los mismos, para lo cual se crea el I.R.A. (Instituto de Reforma Agraria), que tenía una dependencia denominada “Tierra y Colonización”, encargada de registrar manualmente los datos de los ciudadanos extranjeros y sus familiares.
Posteriormente, la Institución pasó a denominarse I.B.R. (Instituto de Bienestar Rural), creado por Ley Nº 852 del año 1963 y que poseía atribuciones como: fomentar la inmigración, proceder a su control y selección conforme a leyes vigentes, crear las dependencias que requiriera el Instituto para el cumplimiento de sus fines y establecer sus atribuciones. Dicho fin fue encargado a la “División Extranjería”; además de subrogado en todos los derechos patrimoniales del Instituto de Reforma Agraria, entidad que hoy día ha sido transformada en el INDERT (Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra).
Hasta que el 15 de noviembre de 1974, es promulgada por el Congreso de la Nación Paraguaya, la Ley Nº 470 de “Migraciones”, que crea la Dirección General de Migraciones, dependiente administrativamente del Ministerio del Interior y siendo el Órgano Ejecutor de la Política Migratoria Nacional, independizándose de esta manera de la Institución precedentemente citada y transformándose, como así también enfocándose en el ser humano migrante y sus familiares, independientemente de su relación o no con la reforma agraria.
Luego, por vaivenes políticos e interpretaciones de las Autoridades Legislativas y del Poder Ejecutivo del momento, por Ley Nº 222 “Orgánica de la Policía Nacional”, promulgada el 29 de junio de 1993, que se organiza teniendo como Base a la Policía de la Capital e integran la misma los organismos actualmente dependientes del Poder Ejecutivo – Ministerio del Interior: El Personal de las Delegaciones de Gobierno y La Dirección General de Migraciones. Esta última entidad, en virtud de lo que establecía el Art.170, del mismo cuerpo legal, pasa de denominarse “El Departamento de Migraciones”, dependiente de la Dirección de Apoyo Técnico, que era el organismo de la Policía Nacional encargado de planear, organizar y ejecutar el apoyo técnico científico a las funciones preventivas e investigativas, pero teniendo como base de funciones y atribuciones la anterior Ley, la Nº 470/74.
El 8 de noviembre de 1996, el Congreso de la Nación Paraguaya sanciona con fuerza de Ley, la Nº 978 “DE MIGRACIONES”, que vuelve a denominar a la institución como Dirección General de Migraciones, devolviendo la dependencia administrativa al Ministerio del Interior, con funciones y atribuciones más actualizadas a las exigencias que imponen el andamiaje mundial en cuanto a la migración de las poblaciones de seres humanos, que incluye a todos los tipos de desplazamientos de personas y otra, más restringida, que sólo toma en cuenta aquellos desplazamientos que involucran un cambio de residencia de quienes lo realizan.
Finalmente, con la promulgación de la Ley N° 6984, el 17 de octubre de 2022 se crea la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, en sustitución de la Dirección General de Migraciones, como institución encargada de la aplicación y ejecución administrativa y misional del régimen integral de migraciones de la República del Paraguay. La DNM es una institución autónoma y autárquica, con personería jurídica de derecho público.
Recopilación histórica basada en datos recopilados y proporcionados por el funcionario de la Dirección Nacional de Migraciones, Francisco Javier Acosta Pereira.