Certificado de Radicación

     Es la constancia de residencia otorgada a los ciudadanos extranjeros con Residencia Temporal por la Ley N° 6984/2022 o con Residencia Permanente. 

     Este trámite puede realizarse de manera presencial o en línea a través del portal paraguay.gov.py   Ir a trámite en línea  

Descargar Requisitos

REQUISITO GENERAL
Una copia autenticada del Carnet de Residencia vigente (Carnet de Admisión Temporaria o Permanente).

 

REQUISITOS ADICIONALES PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES PARA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES PARA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES (DE 0 A 17 AÑOS DE EDAD)
Situación para niños, niñas y adolescentes que se encuentren en compañía de uno o ambos progenitores:

Tratándose de niños, niñas o adolescentes que se encuentren acompañados de uno o ambos progenitores se requerirá, además de los requisitos exigidos para la solicitud, lo siguiente:

  • El o los progenitores acompañantes deberán firmar la solicitud de Certificado de Radicación.
  • El o los progenitores acompañantes deberán contar con la residencia vigente (temporal o permanente) al momento de la solicitud del Certificado de Radicación.
  • Se deberá presentar 1 (una) copia autenticada del documento de identidad del país de origen del o los progenitores acompañantes y, si poseen, del carnet de residencia otorgado por la DNM o de la Cédula de Identidad Paraguaya.
Situación para niños, niñas y adolescentes que se encuentren en compañía de terceros:

Para ingresar las solicitudes de Certificado de Radicación de niños, niñas o adolescentes que no se encuentren acompañados de ninguno de sus progenitores se requerirá, además de los requisitos exigidos para la solicitud, lo siguiente:

  • Sentencia judicial, en donde conste la autorización del progenitor (en el caso de que la custodia sea unilateral) o de ambos progenitores, para que el niño, niña o adolescente viva y resida de manera temporal (EN CASO DE CONTAR CON RESIDENCIA TEMPORAL) o permanente (EN CASO DE CONTAR CON RESIDENCIA PERMANENTE) en el Paraguay, en compañía de un tutor/guarda, acompañado de la copia del documento de identidad del o de los progenitores; o,
  • Autorización notarial otorgada por ambos progenitores, en la cual conste expresamente la voluntad de ambos para que el hijo/a viva y resida de manera temporal (EN CASO DE CONTAR CON RESIDENCIA TEMPORAL) o permanente (EN CASO DE CONTAR CON RESIDENCIA PERMANENTE) en compañía de un responsable en el Paraguay, homologada por el Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Paraguay, tutor/guarda, acompañado de 1 (una) copia autenticada del documento de identidad de los progenitores; o,
  • Sentencia judicial paraguaya para que el niño, niña o adolescente viva y resida de manera temporal (EN CASO DE CONTAR CON RESIDENCIA TEMPORAL) o permanente (EN CASO DE CONTAR CON RESIDENCIA PERMANENTE) en el Paraguay en compañía de un responsable o de la persona designada para la guarda/tutoría.
  • 1 (una) copia autenticada del documento de identidad paraguayo del tercero.
Consideraciones generales a tener en cuenta:
  • Los extranjeros de 0 a 17 años de edad quedarán comprendidos en una categoría autónoma denominada “Niños, Niñas y Adolescentes” (NNA).
  • Esta categoría se encuentra exenta de la acreditación de solvencia económica, ya que la responsabilidad económica será asumida por el representante legal (padres, madres o tutores legales). En los campos relativos a Profesión, Actividad u Oficio, así como en la solicitud y la declaración jurada, se consignará la denominación “Niños, Niñas y Adolescentes” (NNA).
  • Todos los documentos emitidos en el extranjero deberán estar debidamente visados, legalizados o apostillados y contar con la correspondiente traducción al español.
  • Deberá presentarse: Original + una copia autenticada del Certificado de Nacimiento, a fin de determinar parentesco con los progenitores (para los casos en los que se encuentre en compañía de uno o ambos progenitores, o en compañía de terceros).
  • El o los progenitores deberán contar con la residencia vigente (temporal o permanente) al momento de la solicitud de Certificado de Radicación.
  • En caso del fallecimiento de uno de los progenitores, se deberá presentar 1 (una) copia autenticada del certificado de defunción.
  • La persona designada como responsable o designada para la guarda, deberá ser de nacionalidad paraguaya o contar con la residencia vigente (temporal o permanente) en el país, o bien, solicitarla en el mismo acto que el niño, niña o adolescente solicitante.
  • Las solicitudes de Certificado de Radicación que, tras su recepción, sean consideradas para un análisis adicional, serán remitidas a la Dirección de Asesoría Jurídica, la cual podrá requerir documentación complementaria para la prosecución del trámite, conforme a los lineamientos establecidos por el Ministerio de la Niñez y la Adolescencia (MINNA).
PAGO DEL ARANCEL CORRESPONDIENTE
Certificado de Radicación.                         Gs. 234.154

 

OBSERVACIONES

• Para actualizar algunos de los datos personales u otras circunstancias debidamente justificadas, se debe realizar, primeramente, la Reposición de Carnet de Residente.

• Los solicitantes menores de 18 años de edad deberán estar acompañados por uno de los padres o tutores para solicitar el Certificado de Radicación (quienes deberán contar con el mismo tipo de residencia que el menor, como mínimo), para la firma de la solicitud.

• La Dirección Nacional de Migraciones podrá requerir cualquier otro documento adicional que considere necesario, dependiendo de cada caso en particular. 

• La admisión de los documentos en las mesas de entrada de documentación de la institución no presupone el otorgamiento del documento solicitado.

• Se requiere la presentación de los documentos de identidad acompañados por copias debidamente autenticadas por Escribanía Pública, a fin de que los originales permanezcan en poder de sus titulares.