Reposición de Carnet de Residente
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La reimpresión del Carnet de Admisión Temporal o Permanente es un trámite realizado a pedido del extranjero residente, en caso de deterioro, extravío, sustracción o actualización de datos personales u otras circunstancias debidamente justificadas.
IMPORTANTE:
- Para la residencia temporal, el carnet se expedirá con el plazo restante al total otorgado por primera vez.
- El carnet debe estar vigente al momento de la solicitud de reposición.
| REQUISITOS GENERALES | ||||
| 1) |
Original + una copia autenticada del Documento de Identidad del país de origen: • Opción 1: Cédula de Identidad. • Opción 2: Documento Nacional de Identidad. • Opción 3: Pasaporte. |
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| 2) | Una copia autenticada del carnet de residencia vigente o; denuncia de sustracción o extravío del mismo. | |||
| 3) | Una copia autenticada de la Cédula de Identidad Paraguaya, si posee o; denuncia de sustracción o extravío de la misma. | |||
| 4) | En caso de actualización o modificación de datos personales, documentos que acrediten fehacientemente la actualización o modificación de los mismos. | |||
| 5) | Documento que acredite la nueva profesión declarada, en caso de modificación del mismo. | |||
| REQUISITOS ADICIONALES PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES PARA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES PARA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES (DE 0 A 17 AÑOS DE EDAD) |
| Situación para niños, niñas y adolescentes que se encuentren en compañía de uno o ambos progenitores: |
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Tratándose de niños, niñas o adolescentes que se encuentren acompañados de uno o ambos progenitores se requerirá, además de los requisitos exigidos para la solicitud, lo siguiente:
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| Situación para niños, niñas y adolescentes que se encuentren en compañía de terceros: |
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Para ingresar las solicitudes de Reposición de Carnet de Residente de niños, niñas o adolescentes que no se encuentren acompañados de ninguno de sus progenitores se requerirá, además de los requisitos exigidos para la solicitud, lo siguiente:
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| Consideraciones generales a tener en cuenta: |
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| PAGO DEL ARANCEL CORRESPONDIENTE | ||||
| Reposición de Carnet de Residente. | Gs. 585.385 | |||
| Cambio de Información (en caso de actualización o modificación de datos). | Gs. 234.154 | |||
OBSERVACIONES
• Para los residentes que declararon como profesión "Ama de Casa", la Dirección Nacional de Migraciones modificará la profesión a "Dependiente" directamente y sin costo adicional, conforme a la reglamentaciones internas vigentes.
• Todos los documentos en idioma extranjero deberán estar traducidos al español por un traductor público matriculado en la República del Paraguay o por un traductor público extranjero habilitado por la autoridad competente del país donde presta su servicio; en este último supuesto, la versión traducida del documento de origen extranjero deberá estar apostillada o legalizada por las vías correspondientes.
• Los documentos emitidos en el exterior deberán estar legalizados o certificados por el método de Apostilla (apostillados).
• La legalización de documentos extranjeros se tramita en el Consulado Paraguayo en el país de origen y, posteriormente, en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Paraguay.
• La certificación o legalización por el método de Apostilla es otorgada por los países miembros de la Convención de la Haya. La apostilla es emitida por la autoridad designada en el país de procedencia del documento.
• Todos los documentos extranjeros emitidos en un país firmante del Convenio de la Haya, que hayan sido certificados por el método de Apostilla, serán reconocidos por la Dirección Nacional de Migraciones sin necesidad de otro tipo de legalización.
• Los solicitantes menores de 14 años de edad no requieren la presentación de Certificado de Antecedentes penales, judiciales o policiales.
• Para la devolución de los documentos originales, se requiere obligatoriamente la presentación de las copias autenticadas por Escribanía Pública de los mismos.
• La Dirección Nacional de Migraciones podrá requerir cualquier otro documento adicional que considere necesario, dependiendo de cada caso en particular.
• La admisión de los documentos en las mesas de entrada de documentación de la Institución no presupone el otorgamiento de la residencia solicitada.
• El domicilio, correo electrónico y número de teléfono manifestado ante el servidor público para ser consignados en la solicitud correspondiente, tendrá carácter de declaración jurada.
• Cuando se constate cambios en los datos del extranjero que se encuentra en los registros del radicado (datos personales, domicilio, profesión), además de los aranceles establecidos para la reposición/renovación de carnet se deberá abonar por el arancel de cambio de información, de conformidad a los numerales 7 y 10 del Art. 100 de la Ley Nº 6984/22.