La Dirección Nacional de Migraciones recuerda a la ciudadanía la obligatoriedad de cumplir con los requisitos migratorios establecidos para la salida del país de niños, niñas y adolescentes, e insta a informarse con la debida antelación respecto a las disposiciones vigentes tanto a nivel nacional como en el país de destino, a fin de evitar eventuales inconvenientes.
REQUISITOS MIGRATORIOS PARA VIAJES AL EXTERIOR DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
1- Documento de viaje vigente
Documento de Identidad (válido para viajar dentro del MERCOSUR) o; Pasaporte (válido para viajar a cualquier destino).
2- Documento original de filiación
Certificado de Nacimiento o Libreta de Familia: El Certificado de Nacimiento puede presentarse en formato físico o en digital, con el código de verificación correspondiente.
3- Autorización para viajar al exterior
Autorización para viajar al exterior de Niños, Niñas y Adolescentes o Venia Judicial: Requerido en caso de que el menor (nacional o extranjero residente) viaje sin uno de los padres, solo o en compañía de terceros (presentar original + una copia simple para entregar en ventanilla).
TENER EN CUENTA:
La autorización para viajar al exterior deberá tramitarse en el Juzgado de Paz correspondiente a la ciudad o barrio en que resida. Para su validez, el documento deberá estar firmado por ambos padres o tutores legales, debidamente legalizado por las autoridades competentes, especificando el destino, el objeto del viaje y el plazo de la autorización.
Si uno de los padres ha fallecido, se deberá presentar el Certificado de Nacimiento original + Certificado de Defunción original del padre/madre fallecido.
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