La Dirección Nacional de Migraciones informa que, ante el evento suscitado y comunicado debidamente por el Ministerio de Relaciones Exteriores que impide las legalizaciones de ciertos documentos de viaje, como el Permiso del Menor, esta institución ha decidido dispensar temporalmente del requisito de legalización de dicho documento ante el MRE para la realización del trámite migratorio correspondiente a la salida del país, siendo considerado igualmente válido el Permiso del Menor que cuente solo con la Certificación de Firma ante la Corte Suprema de Justicia.
Esta decisión es de carácter excepcional, transitoria y válida hasta el restablecimiento del servicio brindado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y tiene como objetivo principal la facilitación para los ciudadanos que, en cumplimento de sus obligaciones, han realizado los trámites legales pertinentes.