Foto de archivo: Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi (Gentileza)
La Dirección General de Migraciones informa acerca de la actualización del protocolo sanitario de ingreso al país establecido por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social en el marco de la pandemia de COVID-19, para nacionales, extranjeros residentes y extranjeros no residentes/turistas.
El documento entra a regir a partir de hoy y establece, puntualmente, actualizaciones relacionadas a las situaciones especiales de ingreso de viajeros que no cuenten con certificado de vacunación.
Para leer el documento completo, click aquí:
Actualización de las Exigencias Sanitarias de Ingreso al País
NACIONALES Y EXTRANJEROS RESIDENTES
1. Ficha de Declaración de Salud del Viajero (desde los 12 años de edad)
Completada de forma electrónica a través de la web del Ministerio de Salud dentro de las 24 horas previas al ingreso al país.
Enlace directo:
http://dgvs.mspbs.gov.py/webdgvs/views/paginas/vista_viajeros_nor.html
2. Certificado de vacunación contra la COVID-19 (desde los 18 años de edad)
Son considerados vacunados para el ingreso al país los viajeros que hayan cumplido 2 semanas después de recibir la segunda dosis en un esquema vacunal de 2 dosis y quienes hayan recibido una dosis en un esquema vacunal de dosis única.
Paraguayos y extranjeros residentes en el país que no estén vacunados o tengan esquema incompleto de vacunación, deberán guardar aislamiento preventivo por 10 días, realizarse un test RT-PCR al 5° día de aislamiento y seguir las indicaciones establecidas en el apartado IV. SITUACIONES ESPECIALES del documento de Actualización de las Exigencias Sanitarias de Ingreso al País disponible en el portal del MSPyBS.
3. Test de SARS-CoV-2 antes del ingreso al país (desde los 12 años de edad)
Test (técnicas de detección de ARN: RT-PCR / LAMP / NAAT) con resultado negativo realizado en un tiempo no superior a 48 horas o Test de Antígeno de SARS-CoV-2 con resultado negativo realizado en un tiempo no superior a 24 horas previas al embarque. Quedan exceptuados de este requerimiento los viajeros procedentes de Argentina, Brasil, Uruguay y Bolivia.
4. Test RT-PCR en el país (desde los 12 años de edad)
Este test deberá realizarse en el día 5 a contabilizar desde el día de toma de muestra de la prueba presentada al ingreso al país (día 1 se cumple a las 24 horas de la toma de esa muestra). Quedan exceptuados de este requerimiento los viajeros procedentes de Estados Partes del Mercosur y de países limítrofes con el Paraguay (Argentina, Brasil, Uruguay y Bolivia), salvo que los mismos presenten síntomas de la enfermedad, en cuyo caso deberán seguir las indicaciones establecidas en el apartado II. Exigencias sanitarias dentro del país del documento de Actualización de las Exigencias Sanitarias de Ingreso al País disponible en el portal del MSPyBS.
EXTRANJEROS NO RESIDENTES
1. Ficha de Declaración de Salud del Viajero (desde los 12 años de edad)
Completada de forma electrónica a través de la web del Ministerio de Salud dentro de las 24 horas previas al ingreso al país.
Enlace directo:
http://dgvs.mspbs.gov.py/webdgvs/views/paginas/vista_viajeros_nor.html
2. Certificado de vacunación contra la COVID-19 (desde los 18 años de edad)
Son considerados vacunados para el ingreso al país los viajeros que hayan cumplido 2 semanas después de recibir la segunda dosis en un esquema vacunal de 2 dosis y quienes hayan recibido una dosis en un esquema vacunal de dosis única.
El certificado de vacunación deberá estar en idioma inglés, francés, portugués o español y deberá contener la siguiente información:
- Nombre del pasajero
- Fecha de nacimiento
- Número de documento o pasaporte
- Identificación del fabricante de la vacuna
- Número de lote de dosis aplicadas
- Fecha de aplicación de dosis
No se aceptarán pruebas de vacunación que indiquen datos en formato QR-CODE o en cualquier otro idioma codificado.
Los extranjeros no residentes que no cuenten con certificado de vacunación y que estén contemplados en el apartado IV. SITUACIONES ESPECIALES PARA EL INGRESO AL PAÍS del documento de Actualización de las Exigencias Sanitarias de Ingreso al País podrán enviar una solicitud de autorización de ingreso al Ministerio de Salud Pública, según el plazo y requisitos indicados en dicho documento, para su estudio por parte de la cartera sanitaria.
3. Test de SARS-CoV-2 antes del ingreso al país (desde los 12 años de edad)
Test (técnicas de detección de ARN: RT-PCR / LAMP / NAAT) con resultado negativo realizado en un tiempo no superior a 48 horas o Test de Antígeno de SARS-CoV-2 con resultado negativo realizado en un tiempo no superior a 24 horas previas al embarque. Quedan exceptuados de este requerimiento los viajeros residentes que proceden de Argentina, Brasil, Uruguay y Bolivia.
Las personas que ya tuvieron la enfermedad de COVID-19 desde los 14 y hasta los 90 días previos al ingreso al país, deberán acreditar dicha situación mediante resultados laboratoriales, técnicas de detección de ARN: RT-PCR / LAMP / NAAT o prueba de antígeno positivo. No será necesaria la presentación de nuevo test ARN: RT-PCR / LAMP / NAAT negativo al ingreso al país. Estas personas igualmente deben cumplir con el requisito de contar con vacunación anti COVID-19, mencionado en el punto 2.
4. Test RT-PCR en el país (desde los 12 años de edad)
Este test deberá realizarse en el día 5 a contabilizar desde el día de toma de muestra de la prueba presentada al ingreso al país (día 1 se cumple a las 24 horas de la toma de esa muestra). Quedan exceptuados de este requerimiento los viajeros procedentes de Estados Partes del Mercosur y de países limítrofes con el Paraguay (Argentina, Brasil, Uruguay y Bolivia), salvo que los mismos presenten síntomas de la enfermedad, en cuyo caso deberán seguir las indicaciones establecidas en el apartado II. Exigencias sanitarias dentro del país del documento de Actualización de las Exigencias Sanitarias de Ingreso al País disponible en el portal del MSPyBS.
TRÁNSITO VECINAL Y COMERCIAL TERRESTRE
(DE HASTA 72 HORAS Y HASTA 30 KM)
Todas las personas que ingresen bajo el régimen de tránsito vecinal (habilitado en determinados pasos fronterizos con Brasil y Argentina) deberán acreditar que residen en la ciudad fronteriza.
No requieren de ningún requisito de salud para el ingreso.
Observación: La inobservancia de los requisitos establecidos en el protocolo sanitario por parte de los viajeros será pasible de sanciones contempladas en la Ley 836/1980 del Código Sanitario y en las demás disposiciones legales vigentes.