Requerimientos Migratorios de Ingreso y Salida del Paraguay de Menores
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PARA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES MENORES DE 18 AÑOS DE EDAD
Todas las personas, nacionales y extranjeras en general, mayores y menores de edad, tienen la obligación de registrar su ingreso y salida del país.
El registro migratorio es un trámite gratuito y se realiza únicamente en los Puestos de Control Migratorio habilitados en los pasos fronterizos terrestres, fluviales y aeroportuarios del Paraguay, ante funcionarios de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) debidamente acreditados.
DOCUMENTOS DE VIAJE VÁLIDOS | REQUERIDO PARA | ||
Paraguayos menores de 18 años de edad | Ingreso | Salida | |
1. | Pasaporte vigente o;
Cédula de Identidad Paraguaya vigente (válida para viajar dentro del MERCOSUR). * Los documentos de viaje vencidos de ciudadanos nacionales serán admitidos como válidos sólo para el ingreso al país, no así para la salida, por lo cual deberán ser renovados para poder egresar del territorio nacional. |
✔ | ✔ |
2. | Certificado de Nacimiento original y/o digital con el código de verificación o; Libreta de Familia original (para acreditar el vínculo filiatorio). | ✔ | |
3. | Autorización para Viajar al Exterior de Niños, Niñas y Adolescentes (Permiso del Menor), en caso de viajar sin uno de los padres, solo o en compañía de terceros. * Se deberá presentar el documento original debidamente certificado y legalizado por la autoridad competente, acompañado de una copia fiel del mismo a ser entregada en el puesto migratorio. |
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Extranjeros con Residencia Permanente o Temporaria en Paraguay, menores de 18 años de edad | Ingreso | Salida | |
1. | Pasaporte vigente, acompañado del Documento de Admisión Precaria, Temporaria o Permanente, o; Documento de Identidad vigente del país de origen (válido para viajar dentro del MERCOSUR), acompañado del Documento de Admisión Precaria, Temporaria o Permanente, o; Cédula de Identidad Paraguaya vigente. |
✔ | ✔ |
2. | Certificado de Nacimiento original y/o digital con el código de verificación o; Libreta de Familia original (para acreditar el vínculo filiatorio). | ✔ | |
3. | Autorización para Viajar al Exterior de Niños, Niñas y Adolescentes (Permiso del Menor), firmada por los padres o tutores legales y legalizada (requerida en caso de viajar sin uno de los padres, solo o en compañía de terceros). * Se deberá presentar el documento original debidamente certificado y legalizado por la autoridad competente, acompañado de una copia fiel del mismo a ser entregada en el puesto migratorio. |
✔ | |
Extranjeros con Estadía Transitoria (No Residentes), menores de 18 años de edad | Ingreso | Salida | |
1. | Pasaporte vigente, o; Documento de Identidad vigente del país de origen (válido para viajar dentro del MERCOSUR). | ✔ | ✔ |
2. | Visa Consular o En Arribo, proveída por el Ministerio de Relaciones Exteriores (en los casos que se requiera la portación de Visa para ingresar al Paraguay). | ✔ | |
3. | Comprobante de Entrada al País (sello migratorio en el pasaporte o tarjeta migratoria sellada y entregada por el inspector de la Dirección Nacional de Migraciones al registrar el ingreso al Paraguay). | ✔ | |
4. | Certificado de Nacimiento o Libreta de Familia (requerido a niños, niñas y adolescentes oriundos de países del MERCOSUR, para acreditar el vínculo filiatorio). | ✔ |
IMPORTANTE
- La Autorización para Viajar al Exterior de Niños, Niñas y Adolescentes (Permiso del Menor) para nacionales y extranjeros con Residencia Permanente y Temporaria en Paraguay se tramita en el Juzgado de Paz que corresponda a la ciudad o barrio en que resida. El documento debe estar firmado por ambos padres o tutores legales y legalizado por la autoridad competente, especificando el destino, el objeto del viaje y el plazo de la autorización. Para más información sobre este trámite, visite el portal oficial de la Corte Suprema de Justicia www.pj.gov.py
- En caso de desacuerdo entre los progenitores o ausencia de uno o ambos padres, se deberá presentar una Autorización Judicial (Venia Judicial) original, acompañada de una copia fiel del documento.
- Si uno de los padres ha fallecido, se deberá presentar el Certificado de Nacimiento original del menor y el Certificado de Defunción original del padre/madre fallecido.
- El Documento de Identidad del país de origen es un documento de viaje válido exclusivamente para ciudadanos oriundos del MERCOSUR que se desplacen a otro país miembro o asociado del bloque, comprendiendo a: Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay, Bolivia, Chile, Perú, Venezuela, Colombia y Ecuador.
- Las contraseñas de documentos de viaje en trámite no serán admitidas como documentos válidos para el ingreso y egreso del país.
- Consulte siempre con la autoridad competente del país de destino cuáles son los requerimientos de viaje solicitados para el ingreso a su territorio.
INFORMACIÓN ADICIONAL PARA CIUDADANOS EXTRANJEROS CON ESTADÍA TRANSITORIA (NO RESIDENTES)
- Se considera Estadía Transitoria la del extranjero que ingresa al país para permanecer por un tiempo limitado y sin ánimo de fijar residencia en el mismo (turista, pasajero en tránsito, tránsito vecinal fronterizo, personas bajo tratamiento médico o casos especiales establecidos por la Dirección Nacional de Migraciones).
- Los extranjeros, mayores y menores de edad, admitidos en alguna de las subcategorías citadas podrán permanecer en el territorio nacional por un periodo determinado de acuerdo al carácter de su ingreso y por un plazo máximo de hasta noventa (90) días corridos, prorrogables por una sola vez a pedido del interesado, por un tiempo no mayor al otorgado con anterioridad a criterio de la Dirección Nacional de Migraciones.
- La solicitud de Prórroga de Permanencia o el cambio de categoría a Residente deberá ser tramitada en la Oficina Central u Oficina de Documentaciones antes del vencimiento del plazo de permanencia otorgado, en caso contrario, la institución aplicará las multas y demás sanciones previstas en la ley. Consulte los requisitos y aranceles de los trámites de Residencia y Prórroga de Permanencia en este sitio.
- Al registrar su ingreso al Paraguay, la autoridad migratoria otorgará a todo Extranjero con estadía transitoria (No Residente) un Comprobante de Entrada al País (sello migratorio de ingreso al país estampado en el pasaporte o en la tarjeta expedida por el inspector de la DNM), debiendo conservarlo y presentarlo al momento de su salida para evitar sanciones. No serán admitidos reclamos posteriores.
- En caso de ingresar al país con un documento de viaje próximo a vencer, la autoridad migratoria otorgará el plazo de permanencia pertinente, teniendo en cuenta la fecha de expiración del documento.