La Dirección Nacional de Migraciones recuerda a los migrantes extranjeros con residencia temporal que, conforme a la Ley N° 6984/2022, el cambio de categoría a residencia permanente debe tramitarse a partir de los 90 días previos al vencimiento del carnet de admisión temporaria y hasta 30 días posteriores al mismo.
Se insta a las personas con residencia temporal a verificar la fecha de vencimiento de su carnet y realizar el trámite dentro del plazo establecido, a fin de evitar la pérdida del estatus de residente temporal y asegurar el acceso a la residencia permanente.
Para conocer los requisitos y pasos del procedimiento, se encuentra disponible toda la información actualizada en el portal institucional https://migraciones.gov.py/residencia-permanente-para-el-cambio-de-categoria-de-residente-temporal/
Los interesados también pueden recurrir a los canales oficiales de Migraciones, para más información:
Sitio web: www.migraciones.gov.py
Oficinas de Admisión en capital e interior del país: atención presencial en horario de oficina.
Contact Center: 021 411 2000
e-mail: migraciones@migraciones.gov.py
Instagram: @migracionespy
Facebook: MigracionesPY
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