Residencia Permanente para Ciudadanos Uruguayos establecida por Ley N° 6774/2021
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Residencia establecida por Ley N° 6774/2021 |
Es la autorización otorgada por la Dirección Nacional de Migraciones a los ciudadanos de nacionalidad uruguaya, conforme a la Ley N° 6774/2021 "Que aprueba el Acuerdo entre la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay sobre Residencia Permanente con el objetivo de alcanzar la libre circulación de personas", concedida en reciprocidad con Uruguay, estableciendo una serie de beneficios para los ciudadanos uruguayos que opten por radicarse bajo esta normativa.
PLAZO DE VALIDEZ DEL CARNET: Definitivo, debiendo renovarse el carnet cada 10 (diez) años.
BENEFICIOS:
• Acceso a la Residencia Permanente, sin necesidad de contar con una Residencia Temporal previa.
• Acceso a la Cédula de Identidad Paraguaya, expedida por el Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional, una vez obtenido el Carnet de Residente Permanente, debiendo renovarse el carnet cada 10 (diez) años.
• Exoneración del pago de arancel del trámite de Residencia Permanente por la Ley N° 6774/21.
REQUISITOS GENERALES | ||||
1) |
Original + una copia autenticada del Documento de Identidad del país de origen, vigente: • Opción 1: Pasaporte vigente, con sello migratorio de ingreso al país. • Opción 2: Documento de identidad vigente, acompañado del comprobante de entrada al país. • Opción 3: Constancia de Nacionalidad expedida por el funcionario consular del país de origen, acreditado en el país de recepción, acompañada del comprobante de entrada al país. * El comprobante y/o sello de ingreso al país se expide en los puestos de control migratorio fronterizos y aeroportuarios, al registrar su entrada al Paraguay. |
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2) | Original + una copia autenticada del Certificado de Nacimiento o Testimonio de Partida de Nacimiento, expedido por las autoridades competentes. |
3) |
Original + una copia autenticada del Certificado de Antecedentes vigente (Requerido a partir de los 14 años de edad): • Opción 1 – Si su última residencia fue en Uruguay: Certificado de Antecedentes Judiciales, Penales y/o Policiales del país de origen, expedido por la autoridad competente del país de origen. • Opción 2 – Si residió en otro país durante los últimos 3 (tres) años: Certificado de Antecedentes del país de residencia, expedido por la autoridad competente del país emisor, con vigencia a nivel nacional o federal y; documento que acredite que el interesado residió en dicho país durante los últimos 3 (tres) años. En caso que el extranjero resida en un país diferente al de origen, por un período mayor a 1 (un) año, durante los últimos 3 (tres) años, deberá presentar el Certificado de Antecedentes del país de esta última residencia, debidamente legalizado y/o apostillado, conjuntamente con otro documento que acredite dicha residencia. • Opción 3 – Si reside en Paraguay desde hace más de 3 (tres) años: Certificado de Antecedentes expedido por el Poder Judicial vigente y Declaración Jurada ante la Dirección Nacional de Migraciones de no poseer antecedentes penales o policiales en su país de origen. Este plazo de estadía deberá ser corroborado en el registro de movimiento migratorio por parte del funcionario que reciba la solicitud. Cuando el extranjero no figure en el registro de movimiento migratorio y no cuente con el comprobante de ingreso, deberá presentar Información Sumaria de Testigos expedido por el Juzgado de Paz de su domicilio en Paraguay, con la aclaración de que el solicitante vive y reside desde hace más de 3 años en el país. |
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4) |
Original + una copia autenticada de la Constancia de Estado Civil, expedida por la autoridad competente del país emisor, si corresponde. • Opción 1 – Estado Civil “Casado/a”: Certificado de Matrimonio. • Opción 2 – Estado Civil “Divorciado/a”: Sentencia de Divorcio. • Opción 3 – Estado Civil “Viudo/a”: Certificado de Defunción del cónyuge. |
REQUISITOS ADICIONALES PARA SOLICITANTES MENORES DE 18 AÑOS DE EDAD | ||||
5) |
Original + una copia autenticada del Documento de Identidad vigente de los padres o tutores legales. • Opción 1: Cédula de Identidad vigente. • Opción 2: Documento Nacional de Identidad vigente. • Opción 3: Pasaporte vigente. |
6) |
En caso de ausencia de uno o ambos padres, adjuntar; Original + una copia autenticada del Poder especial, emitido por una Escribanía Pública en el país de origen del documento, con el cual se autoriza el viaje del menor y la tramitación de sus documentaciones ante la Dirección Nacional de Migraciones con el acompañamiento del padre o tutor designado para el efecto. *El poder especial debe estar firmado por el o los padres ausentes |
7) | Original + una copia autenticada del Certificado de Nacimiento, a fin de determinar parentesco. |
PAGO DEL ARANCEL CORRESPONDIENTE | ||||
Residencia Permanente para Ciudadanos Uruguayos por la Ley N° 6774/21. | Sin costo |
Certificado de Radicación (opcional). | Gs. 215.254 |
OBSERVACIONES
• Si la persona solicitante ha ingresado al país en conformidad con la ley migratoria del Paraguay y se encuentra con estadía vencida, será beneficiada con la exención de aranceles, tasas, multas y otras sanciones administrativas más severas derivadas de la estadía irregular.
• La exoneración de aranceles por solicitudes de residencia a ciudadanos uruguayos se aplica únicamente a la residencia permanente bajo el régimen de la Ley N° 6774/2021, no así a las solicitudes de residencia permanente bajo el régimen de otras leyes.
• La exoneración de aranceles por otros trámites migratorios se aplicará a las multas por estadías vencidas y pedidos de movimiento migratorio (para los casos en los que se requiera su presentación junto con la solicitud de residencia permanente). La exoneración no se aplicará a los demás trámites de documentación realizados por la Dirección Nacional de Migraciones.
• Exención de legalización de documentos: Solo se exige que los requisitos expedidos en el exterior se encuentren apostillados o, en su defecto, que la autenticidad de los mismos pueda ser confirmada a través de códigos de seguridad o en los sitios web oficiales de los organismos del país emisor.
• Para la devolución de los documentos originales, se requiere obligatoriamente la presentación de las copias autenticadas por Escribanía Pública de los mismos.
• Los solicitantes menores de 18 años de edad deberán estar acompañados por ambos padres o tutores para la firma de la Solicitud de Residencia.
• Los solicitantes menores de 14 años de edad no requieren la presentación de Certificado de Antecedentes penales, judiciales o policiales.
• La Dirección Nacional de Migraciones podrá requerir cualquier otro documento adicional que considere necesario, dependiendo de cada caso en particular.
• La admisión de los documentos en las mesas de entrada de documentación de la Institución no presupone el otorgamiento de la residencia solicitada.
• El trámite es personal y presencial. El seguimiento del proceso puede realizarse de manera personal o a través de un representante legal.
• Los datos declarados de domicilio, correo electrónico y número de teléfono manifestado ante el servidor público, para ser consignados en la solicitud correspondiente, tendrán carácter de declaración jurada.
• Todos los documentos en idioma extranjero deberán estar traducidos al español por un traductor público matriculado en la República del Paraguay o por un traductor público extranjero habilitado por la autoridad competente del país donde presta su servicio; en este último supuesto, la versión traducida del documento de origen extranjero deberá estar apostillada o legalizada por las vías correspondientes.